Cautiverio es del latín:
captivare (capturar, hacer prisionero, adueñarse) etimologo de captivus,
captiva, captivum (adjetivo al que se le ha agregado el sufijo –ivus sobre la
forma captus) cuyo significado es prisionero, cautivo, conquistado. El sufijo
–erio que se le agrega en español corresponde a palabras derivadas de verbos e
indica acción sino dera (semántico) cual rato ora poda. Por lo tanto el
concepto de este término es la acción de ser capturado.
Sujeto, detenido, arresto, encarcelado, apresado, internado, intimo,
prendido, cogido, halagado, complemento, templado, alabe, cazado, conquistado,
saqueado, pillado, cofto, asalto, despojo.
Prisión, condena, encarcelamiento, reclusión, cárcel, dependencia,
sujeción, sumisión, celda, sojuzgamiento, servidumbre, sometimiento, confinamiento,
brete, mazmorra, baño, galera, penal, saladero, cuartel, corrección,
reformatorio, calabozo, reclusión, encierro, quincena, multa, cadena, grillos,
cogida, jode, integro, rapo, repulsa, reparo, critica, censura, sanción,
justicia, pena, punido, escarmiento, expia, purga, castigo, culpa, acusa,
signo, señala, pone.
Esclavitud, salvaje, silvestre, sumiso, confinado, fino, confianza, servidumbre,
sometimiento, yugo, sujeción, dominio, opresión, explotación, tiranía,
despotismo, abuso, vejación, vasallaje, emancipado, subordinado, inferioridad,
obedece, atadura, coyunda, soga, coito, correa, apareo, yunta, yanto, freno,
férula, ilota, siervo, súbdito, peche, tributo, acato, pague, pace, criado.
Cetro, campo, reino, corona, basto, copa, nimbo, halo, aureola, aro,
cerco, blasón, tiara, rueda, limbo, mitra, ponte, cinto, marco, feudo, molde,
cuadro, forma, armas, casa, solar, soles, piso, lar, nido, asilo, chale, cuna,
cotarro, corro, traba, testa, caput, cesis, monta, potro, poste.
Allanamiento es el ingreso a
un domicilio con fines de investigación: el registro del lugar (búsqueda de
objetos o personas relacionadas con un delito) u otro acto procesal.
Como se trata de una restricción a los derechos constitucionales a la
inviolabilidad del domicilio y la intimidad, esa orden debe emanar del órgano
judicial, mediante resolución escrita, fundada y determinada, tanto en cuanto
al domicilio, como en relación al fin perseguido.
Irrupción, invasión, inspección, registro, reconocimiento, aplanamiento,
aplastamiento, asalto, explanación, incursión, intrusión, penetrado, correría,
ocupa, asalto, ataque, violencia, acometido, infiltración, excursión, algarada,
cabalgada, entrada, guerra, agresión, asedio, acceso, ofensiva, diatriba,
embate, embestida, hostil, intervención, requisa, visita, alarde, revista,
cata, cala, batida, rastreo, rebusco, tanteo, ensayo, postre, abordaje,
combate, atraco.
Secuestro, plagio, es el
acto conque se priva de libertad de forma ilegal en persona, al grupo sino
patrimonio, normalmente durante un tiempo determinado, con objeto de obtener un
rescate u otras exigencias del secuestrado o de terceros. Las personas que
llevan a cabo un secuestro se conocen como secuestradores. Tiene su origen en
el vocablo latino sequestrare, que significa apoderarse de una persona para
exigir rescate, o encerrar persona ilegalmente.
Secuestro Extorsivo: Es
aquel que arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, con el propósito
de exigir por su libertad algún provecho, o cualquier utilidad, o para que se
haga u omita algo, o con fines publicitarios o de carácter político, es decir,
que en esta modalidad del secuestro el sujeto activo tiene el propósito de
exigir algo por la libertad de la víctima.
Secuestro Económico: Esto es
responsivo de los resentimientos sociales o producto del secuestro y la
extorsión. Esta modalidad es la más usual y presenta las siguientes.
Generalmente, los criminales realizan este tipo de secuestro a personas
dedicadas a negocios o que se desenvuelven en el ambiente de las finanzas, la
industria, el sector agrícola e incluso la política. Como actividad empresarial
vista de establecimiento.
Secuestro Express: plagio se
caracteriza por su rapidez, ya que las organizaciones delictivas que lo
realizan no tienen la logística necesaria para mantener cautivo más de 48 horas
a las víctimas. Los delincuentes retienen a la víctima y la someten a sacar su
dinero de telecajeros. También le roban el vehículo y sus pertenencias de valor
como las joyas y el teléfono celular y luego la dejan abandonada en algún
sitio.
Secuestro Virtual: Es un
secuestro que no existe, en donde los “secuestradores” se aprovechan la
ausencia de una persona para extorsionar a su familia y obtener montos de
cifras fáciles de reunir en un par de horas.
Secuestro Político: el
plagio de funcionarios para impacto social, y aspirantes a corporaciones
públicas o de ciudadanos o figuras conocidas por la opinión pública, quienes
tienen incidencia en las representaciones de posiciones partidistas o de
grupos.
Secuestro Simple: Es aquel
que con propósitos distintos a los mencionados anteriormente arrebate,
sustraiga, retenga u oculte a una persona.
Patrullaje a la acción
sistemática que realizan los funcionarios y funcionarias de los cuerpos de
policía al recorrer un territorio previamente determinado y teniendo como
objetivos, ofrecer seguridad a las entidades e instituciones, jurídicas y
físicas, garantizar el buen orden de convivencia y obstaculizar la ocurrencia
de hechos delictivos. Es una acción policial de carácter fundamentalmente
preventivo.
Patrullaje vehicular: el
servicio patrullaje vehicular está diseñado para la cobertura de amplias áreas
de vigilancia y patrullaje mediante recorridos en vehículos especialmente
diseñados para tal fin y brindar una priorizada atención a los requerimientos
de la ciudadanía en el sector asignado.
Patrullaje en moto: el
patrullaje motorizado se diseña para realizar un rápido desplazamiento y
concurrencia al lugar de los hechos, complementar y cooperar con el resto de
los servicios y subsistemas. Su ventaja principal es que con ella el oficial se
puede trasladar a lugares que en una unidad vehicular no podría y a lugares que
a pie o en vehículo tardaría mucho en llegar (lugares accidentados o estrechos,
congestionamientos de vehículos, etc.).
Patrullaje a pie: el
patrullaje a pie consiste en la actividad que cumplen los funcionarios de la
Policía Nacional Bolivariana en la vía pública con la misión de realizar
la Vigilancia y el Patrullaje o la regulación vial en un área
predeterminada sobre la cual el oficial o grupo de oficiales recorren el sector
asignado sin el empleo de ningún medio de transporte. Su especial ventaja es
que los oficiales establecen un mayor contacto con la comunidad, viendo y escuchan
de cerca estímulos y sucesos que en vehículo a motor no podría, además este
contacto origina una relación que nos da acceso a información importante para
la policía.
Unidades: Vehículo, canal,
agente, modulo, modelo, lando, motor, nave, patín, tren. Constituye el elemento
básico operativo de despliegue policial. Su configuración varía según el medio
utilizado para su desplazamiento. Una unidad de patrullaje está conformada por
dos funcionarios policiales y el medio de transporte asignado. Así por ejemplo,
en el caso de patrullaje vehicular, una unidad está constituida por un vehículo
y dos oficiales de patrullaje; en el caso del servicio de patrullaje
motorizado, una unidad se compone de dos funcionarios y dos motocicletas; y en
el caso del servicio de patrullaje a pie, la unidad está compuesta sólo por dos
funcionarios policiales. Policía, guardia, gendarme, detective, vigilante,
espía, inspector, alguacil, escolta, corte, sereno, patrulla, pareja.
Característica del patrullaje:
Preventivo
Permanente
Operativo
Seguro
Privativo
Prioritario
Responsable
Patrimonial
Restringido
Limitado
Ejecutivo
Patrullaje Montado: Es aquel
que se emplea utilizando caballos especialmente preparados para efectuar rondas
en parejas. Efectivo en Asentamientos Humanos, espectáculos públicos, y
perentoriamente en la zona urbana. Operativo entre cuerpo armado de seguridad.
Patrullaje Aéreo: Forma
moderna de desarrollar vigilancia y observación en zonas urbanas y rurales de
gran extensión, facilitada mediante la red de comunicaciones brindando
asistencia a unidades motorizadas de superficie que cuentan con sistema de
microcomputadoras, la que permite su aplicación de coordinación, dentro
planisferio, orbitando sobre localización.
Técnica para efectuar las rondas
Se denomina ronda al recorrido efectuado por su sector de vigilancia,
en cumplimiento de su misión.
Este recorrido debe efectuarse varias veces y ajustarse a las
condiciones siguientes:
(a) Turno.
(b) Circuito.
(c) Servicio.
(d) Nota.
(e) Nómada.
(f) Rutina.
(g) Tránsito.
(h) Camuflaje.
(i) Destacado.
(j) Persecución.
(k) Infiltrado.
(l) Levantamiento.
(m) Intervención.
Técnica para efectuar la
Observación
El sentido de la observación debe ser cultivado por el Policía, ya que
le permite atender y conocer mejor los acontecimientos y detalles importantes
de su área de vigilancia.
La observación es el resultado de mirar con atención, fijando en la
memoria los detalles importantes, ser capaz de recordar en el momento que sea
necesario.
Exige un alto grado de concentración, constante práctica, siendo
necesaria aplicar reglamento.
Técnica para efectuar las
inspecciones
Durante las rondas el policía debe completar su labor de vigilancia con
tareas de revisión y comprobación.
Las inspecciones se cumplen siguiendo las siguientes indicaciones:
(a) Chequear y revisar las puertas de Bancos, establecimientos
comerciales y edificios para comprobar si se encuentran bien cerrados; esta
labor se realiza en el servicio nocturno, teniendo en cuenta el sentido en que
se abren, extendiéndose la revisión a los candados y demás dispositivos de
seguridad.
(b) Revisar las puertas, lo propio con las ventanas, trasluces, muros,
paredes bajas, debiéndose incluir la revisión de vidrios.
(c) En las casas y residencias del vecindario, descubrir si hay sogas,
palos, escaleras, cajones, tachos o cilindros de basura apilados que faciliten
la comisión de actos ilícitos.
(d) También deben inspeccionarse ciertos establecimientos y locales
públicos como cantinas, bares, billares, cafetines, restaurantes, salones de
baile, pinball, video pub, prostíbulos, donde es común la reunión de elementos
que viven al margen de la ley.
(e) Incluir playas de estacionamiento de vehículos, servícentros,
garajes, parques públicos, donde proliferan delincuentes que roban accesorios
de vehículos.
(f) Anotar las calles que posean una deficiente iluminación, falta de
tapas de buzón, baches roturas de pavimento para fines de información para su
regularización.
Regulación de la conducta
ciudadana.
El Policía dentro de su misión de prevención y mantenimiento del Orden
público tiene, lo que se refiere al patrullaje urbano, una gran responsabilidad
respecto a hacer cumplir una serie de disposiciones relativas a la seguridad,
tranquilidad y salubridad ciudadana
Esta responsabilidad se cumple efectuando una serie de controles y
regulaciones muy variados sobre actividades del público en general que sin
constituir delitos o faltas deben evitarse porque violan o puede hacer que se
viole estas disposiciones. Como no constituyen delito y pueden ser cometidas
por toda clase de personas conviene tenerlas presente pues exige un tratamiento
técnico de otras características. Además es bueno saber que quizá la mayor
parte de la actuación de la institución en las ciudades tenga por base este
tipo de intervenciones.
De esta manera tendremos:
Ruidos molestos.
Ingreso de menores a billares, bares, prostíbulos, antros, zonas de
tolerancia.
Provocar aglomeraciones o dificultar el tránsito de peatones.
Saquear.
Vender mercadería en el suelo.
Buhonería.
Hacer fiestas o celebraciones ruidosas.
Fumar en los cines y teatros.
Desviar el tránsito vehicular o de peatones.
Impedir juegos deportivos en la vía pública.
Despejar curiosos o reuniones circunstanciales.
Identificar solicitando documentos a las personas.
Detener y revisar vehículos.
Investigar sospechosos.
Altercados o peleas en la vía pública.
Dejar desmonte o materiales de construcción en las calles.
Menores que fumen o beban licor.
Hablar groserías en lugares públicos.
Actuación de la Policia frente a las reglas de conducta ciudadana:
En principio el Policía frente a cualquier violación o infracción de
estas reglamentaciones o disposiciones, deberá comprender que sólo le
corresponde cualquiera de estos tres procedimientos:
Advertir al infractor indicándole la falta que cometió.
Citarlo o notificarlo para que se presente a la Delegación o Autoridad
que corresponda.
Formula el Parte respectivo.
Arrestar al infractor.
Aprehensión: Detención o
captura de una persona o cosa, especialmente de una mercancía ilegal, Asimilación
inmediata de ideas o conocimiento. Percepción, recepción, cobro, apropiación; Sensación
interior que resulta de una impresión material, captación realizada a través de
los sentidos; Conocimiento, concepto, idea, forma, figura, describa, boceto,
esquema, plano, proyecto, patrón, bosquejo, paradigma.
Escucha, intuición, leer, rato, calo, ósculo, toma, precognición,
gnosis, saboreo, tanto, sentido, subliminal, atiende, sirve, ausculta, soba,
toque, perciba, entero, bebe, aguza, sesión, batido, bate, sereno, visión,
olfato, reparo, paso, ojo, estudio, analice, pose, hoja, devora, silabo, digo,
sigo, conte, cuento, pone, aprecio, capta, tasa, rédito, mero, somero, estima,
costo, vale, juicio,
Indicación: Instrucción de
reseña como calificativo en cargo delictivo dentro instrumento público con fin
de sancionar un prontuario sino establecer el asunto conque explica ha sido
denunciado algún sujeto por demandante que exige justicia para favor suyo
respecto de sí.
Medida que detalla descripción de caso según reglamento sino código del
recinto policiaco ora detectivesco que atiende acuse, con formula procesal fija
para activar mecanismo de ejecución asistencial ante alarma, para mantener
seguro conforme causa pública tal cuerpo armado de seguridad idóneo es capaz ya
facultado investigar como canal pos pruebas, indicios, evidencias, pistas,
tipos, modelos, toques, salvas, estudios, comprobantes, explicaciones,
testimonios, documentos, alegatos, citas, certificados, señales, motivos,
fundamentos, experiencias, máximas, conceptos, signos, asomos, síntomas, coartadas,
esquemas, ribetes, índices, huellas, vestigios, hallazgos, marcas, pasos,
manifestos, convicciones, resultas, reparos, intereses, números, proyecciones, reflejos,
pautas, canones, constituciones, proporciones, instancias, pintas, portes,
pilotos, calces, advertencias, relaciones, mates, equipos, referencias, diagnósticos,
técnicas, dispensas, tratos, tramas, platos.
Custodia: Custodia legal,
patria potestad, tutela judicial, debido proceso, parentela legitima, tenencia legal o guardia legal a la situación
jurídica que se da cuando un tribunal otorga, mediante una sentencia, la
guardia y custodia de un menor de edad (infante), incapacitado, entredicho,
discapacitado, inhabilitado, a una o a varias personas. Esta situación
habitualmente se da en casos de: separación matrimonial o divorcio de los
padres, en cuyo caso es necesario que el juez establezca cuál de los
progenitores ejercerá la custodia (muy distinto a la patria potestad);
orfandad, en donde es necesario buscar a una persona o entidad que se haga
cargo de la debida protección de los niños. También es posible la custodia
compartida, en la cual ambos progenitores se hacen cargo de los hijos en
diferentes días y/u horarios.
La custodia legal supone una serie de deberes y responsabilidades del
adulto con respecto al menor o incapacitado. Bajo la institución de alimentos:
Seguridad Social, Sustento, Nutrición, Dieta, Alimento, Tarifa, Estudios,
Educación, Formación, Cultura, Calzado, Vestido, Remedio, Tratamiento, Sanidad,
Salud, Pasaje, Transporte, Abrigo, Hospedaje, Casa, Hogar, Asilo, Auspicio,
Patrocinio, Ostensión, Religión, Credo, Cuidado, Soporte. Tiene deber de
manutención y cuidado del mismo, y asume las responsabilidades que ello
conlleva.
Imputación, en Derecho
procesal penal, es el acto mediante el cual se le acusa formalmente a una
persona de un delito concreto. Siguiendo el procedimiento de calificación por
parte de la fiscalía del ministerio público, además de reseñarse través órgano
de investigaciones, quien sustancia un prontuario, disponible en los registros
del sipol, ésta imputación será presente ante audiencia pública de corte de
justicia, conocida como tribunal, con competencia en materia penal, dentro de
la jurisdicción del suceso donde acude demandante.
Desde el momento de la imputación, deja de ser testigo, por lo que
puede ejercer sus derechos de defensa, que normalmente son mayores en el caso
de que ya exista una acusación formal, y no debe someterse a los deberes de los
testigos, como, por ejemplo, decir la verdad bajo pena de perjurio. Sustitución
de valores no informados en una observación por otros.
Tacha, censura, critica, recriminación, acusación, denuncia, cargo,
inculpación, culpa, queja, delación, dejo, soplo, razón, atribución, retributo,
canutazo, defensa, expurgo, descargo, agravio, capitulo, aviso, notificación,
información, condena, sindico, raya, date.
Cuarentena: es la acción de
aislar o apartar a personas o animales durante un período, para evitar o
limitar el riesgo de que extiendan una determinada enfermedad contagiosa,
infecciotado, toxica, virulenta, pestífera, epidémica, pandecta, finura,
transmisible, traficada, propagante, ponzoña; no necesariamente durante
cuarenta días.
Por extensión, se usa también en informática para la acción de los
antivirus de denegar toda clase de permisos a un fichero para evitar daños en
el ordenador pero sin borrarlo, logrando así un mejor funcionamiento.
Preventivo sometimiento por razones sanitarias, para apartar un
individuo espécimen, porque su aparato corporal está en condiciones de salud
deficitiarias, con síntomas de enfermedad, fatiga, dolencia, síndromes, signos
vitales, cuadro viral, medicamento clínico, tratamiento intensivo, remedio
extensivo, complicación etiológica, complexión física, aspecto fisionómico,
matriz capilar, cura fisiológica.
Es la manera tradicional con la que se conoce al periodo postparto del
puerperio, una etapa que dura entre seis y ocho semanas y que se caracteriza
por el retorno a la normalidad de todos los cambios orgánicos y fisiológicos
que se sucedieron en el embarazo y el parto.
Aislamiento, incomunicación, confinamiento, encierro, clausura, retiro,
reclusión, repliegue, guarida, secesión, ascético, misógino, separación,
exclusión, destierro, recogida, claustro, cautiverio, climaterio, ermita,
refugio, abrigo, cobijo, amparo, salvaguarda, jubilo, licencia.
Cargo (economía), el débito
de una cuenta.
Empleo, plaza, puesto, trabajo, asignación, gajes, tarea, faena,
actividad, ocupación, labor, servicio, dispensa, oficio, arte, vacante, digno,
carrera, deber, trajín, recado, ministerio, asunto, feria, profesión, colocación,
función, aplicado, facultad, facilite, débito, misión, diligencia, gesto. En
este sentido:
Cargo público
Cargo político
Cargo electo
Alto cargo
Cargo eclesiástico
Cargo militar
Cargo universitario
Cargo (heráldica), en heráldica, algo sin ruptura ni alteraciones,
raya, forma, heraldo, carda, apo, tacha, marco, calce, copia, letra, signo,
código, sino, poda, cota, pinta, nota, cifra, runa, símbolo, carácter, pago,
giro, jere, jira, señal, cruz, firma, pista, demo, hado, fato, caso, tole,
mote, gesto, número, numen, estro, estría, regla, pauta, carta, clave, trazo,
dibujo, catura.
Culto, movimiento, corriente, ciclo, credo, dogma, tesis, escuela,
moción, marcha, atraso, juego, vulgo, naco, norma, score, vista, trivia, uso,
común, noción, tradición, ortodoxia, cosmogonía, ideario, eidética, hagiologia,
lapso, época, era, fase, pace, paso, grado, curso.
Cargo, delito imputado a un acusado. Según calificado el delito tipo
como hecho antijurídico que merece penitencia sino punición por parte del
aparato del estado dado instancia judicial que judicatura velará por procesar
dentro mecanismo adaptado en código para conseguir tutela efectiva, legítima
defensa, salvaguarda normativa.
Cargos penales están
clasificados típicamente como infracciones, faltas, ofensas, delitos, crímenes,
fechorías, felonías, conculcaciones, transgresiones, abusos, excesos, culpas,
omisiones, estafas, trampas, timos, lacras, privas, penas, pecados, dolos,
errores, yerros, fallos, traiciones, maldades, vilezas, golpes, robos, picardías,
pérfidos, engaños, atropellos, atentados, desacatos, dominios, frenos, turbas,
plagas, sobras, picos, pasiones, vicios, disipaciones, licencias, caídas,
deslices, ausencias, celos, sables, burlas, tretas, falacias, arreglos,
transigencias, polutos, máculas, estigmas, tachas, marcas, motes, dependiendo de la severidad de la mala acción.
Usualmente, entre más graves sean los cargos, más lo serán los castigos, peores
sentencias dejan sin sanciones todo fenómeno instado para investigar.
Infracciones: Las infracciones
son violaciones de la ley o reglamentos, que típicamente son bastante leves,
incluyendo las infracciones de tránsito. Una infracción es menos grave que un
delito menor y puede no ser considerada técnicamente como un delito,
dependiendo de las circunstancias. Una persona que comete una infracción,
usualmente, recibirá una boleta o citatorio, sin condenarlo al encarcelamiento
u otros castigos más graves. Muchas veces, un abogado experimentado puede
ayudar a negociar una reducción de los cargos por un delito menor al nivel de
una infracción para los ofensores por primera vez, en un esfuerzo para evitar
un registro de antecedentes penales.
Delito: Los delitos menores
son más graves que las infracciones, pero menos que las felonías. Típicamente,
los delitos menores dan por resultado una multa más alta que la que pagaría el
que cometiera una infracción; o si es sentenciado a la cárcel, será por un
término menor de un año. Si se impone una sentencia de cárcel, se cumplirá en
la cárcel local, de la ciudad o del condado, en vez de en una prisión estatal o
federal (penitenciaría). Una persona convicta por un delito menor usualmente no
pierde su derecho a votar, fungir como jurado, ejercer una profesión que
requiera licencia o servir en el ejército. Es importante destacar que los
delitos menores no son contados como "strikes" en estados que han
adoptado leyes.
Felonía: Las felonías son
los más graves de todos los delitos, y cada Estado tiene diferentes castigos
para estos delitos. Una definición estándar de una felonía es: cualquier delito
sancionable con más de un año en prisión. A diferencia de los delitos menores,
los acusados convictos de felonías cumplen sus sentencias en una prisión
estatal o federal, en lugar de una cárcel local, de la ciudad o del condado. Se
aplican procedimientos penales adicionales a las felonías, y el derecho a la
designación de un abogado por el tribunal si el acusado no puede pagar uno,
este es uno de los derechos garantizados en los casos de felonías.
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