lunes, 5 de mayo de 2014

Vocabulario criminalistico policiaco

Cautiverio es del latín: captivare (capturar, hacer prisionero, adueñarse) etimologo de captivus, captiva, captivum (adjetivo al que se le ha agregado el sufijo –ivus sobre la forma captus) cuyo significado es prisionero, cautivo, conquistado. El sufijo –erio que se le agrega en español corresponde a palabras derivadas de verbos e indica acción sino dera (semántico) cual rato ora poda. Por lo tanto el concepto de este término es la acción de ser capturado.

Sujeto, detenido, arresto, encarcelado, apresado, internado, intimo, prendido, cogido, halagado, complemento, templado, alabe, cazado, conquistado, saqueado, pillado, cofto, asalto, despojo.

Prisión, condena, encarcelamiento, reclusión, cárcel, dependencia, sujeción, sumisión, celda, sojuzgamiento, servidumbre, sometimiento, confinamiento, brete, mazmorra, baño, galera, penal, saladero, cuartel, corrección, reformatorio, calabozo, reclusión, encierro, quincena, multa, cadena, grillos, cogida, jode, integro, rapo, repulsa, reparo, critica, censura, sanción, justicia, pena, punido, escarmiento, expia, purga, castigo, culpa, acusa, signo, señala, pone.

Esclavitud, salvaje, silvestre, sumiso, confinado, fino, confianza, servidumbre, sometimiento, yugo, sujeción, dominio, opresión, explotación, tiranía, despotismo, abuso, vejación, vasallaje, emancipado, subordinado, inferioridad, obedece, atadura, coyunda, soga, coito, correa, apareo, yunta, yanto, freno, férula, ilota, siervo, súbdito, peche, tributo, acato, pague, pace, criado.

Cetro, campo, reino, corona, basto, copa, nimbo, halo, aureola, aro, cerco, blasón, tiara, rueda, limbo, mitra, ponte, cinto, marco, feudo, molde, cuadro, forma, armas, casa, solar, soles, piso, lar, nido, asilo, chale, cuna, cotarro, corro, traba, testa, caput, cesis, monta, potro, poste.

Allanamiento es el ingreso a un domicilio con fines de investigación: el registro del lugar (búsqueda de objetos o personas relacionadas con un delito) u otro acto procesal.

Como se trata de una restricción a los derechos constitucionales a la inviolabilidad del domicilio y la intimidad, esa orden debe emanar del órgano judicial, mediante resolución escrita, fundada y determinada, tanto en cuanto al domicilio, como en relación al fin perseguido.

Irrupción, invasión, inspección, registro, reconocimiento, aplanamiento, aplastamiento, asalto, explanación, incursión, intrusión, penetrado, correría, ocupa, asalto, ataque, violencia, acometido, infiltración, excursión, algarada, cabalgada, entrada, guerra, agresión, asedio, acceso, ofensiva, diatriba, embate, embestida, hostil, intervención, requisa, visita, alarde, revista, cata, cala, batida, rastreo, rebusco, tanteo, ensayo, postre, abordaje, combate, atraco.

Secuestro, plagio, es el acto conque se priva de libertad de forma ilegal en persona, al grupo sino patrimonio, normalmente durante un tiempo determinado, con objeto de obtener un rescate u otras exigencias del secuestrado o de terceros. Las personas que llevan a cabo un secuestro se conocen como secuestradores. Tiene su origen en el vocablo latino sequestrare, que significa apoderarse de una persona para exigir rescate, o encerrar persona ilegalmente.

Secuestro Extorsivo: Es aquel que arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, con el propósito de exigir por su libertad algún provecho, o cualquier utilidad, o para que se haga u omita algo, o con fines publicitarios o de carácter político, es decir, que en esta modalidad del secuestro el sujeto activo tiene el propósito de exigir algo por la libertad de la víctima.

Secuestro Económico: Esto es responsivo de los resentimientos sociales o producto del secuestro y la extorsión. Esta modalidad es la más usual y presenta las siguientes. Generalmente, los criminales realizan este tipo de secuestro a personas dedicadas a negocios o que se desenvuelven en el ambiente de las finanzas, la industria, el sector agrícola e incluso la política. Como actividad empresarial vista de establecimiento.

Secuestro Express: plagio se caracteriza por su rapidez, ya que las organizaciones delictivas que lo realizan no tienen la logística necesaria para mantener cautivo más de 48 horas a las víctimas. Los delincuentes retienen a la víctima y la someten a sacar su dinero de telecajeros. También le roban el vehículo y sus pertenencias de valor como las joyas y el teléfono celular y luego la dejan abandonada en algún sitio.

Secuestro Virtual: Es un secuestro que no existe, en donde los “secuestradores” se aprovechan la ausencia de una persona para extorsionar a su familia y obtener montos de cifras fáciles de reunir en un par de horas.

Secuestro Político: el plagio de funcionarios para impacto social, y aspirantes a corporaciones públicas o de ciudadanos o figuras conocidas por la opinión pública, quienes tienen incidencia en las representaciones de posiciones partidistas o de grupos.

Secuestro Simple: Es aquel que con propósitos distintos a los mencionados anteriormente arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona.

Patrullaje a la acción sistemática que realizan los funcionarios y funcionarias de los cuerpos de policía al recorrer un territorio previamente determinado y teniendo como objetivos, ofrecer seguridad a las entidades e instituciones, jurídicas y físicas, garantizar el buen orden de convivencia y obstaculizar la ocurrencia de hechos delictivos. Es una acción policial de carácter fundamentalmente preventivo.

Patrullaje vehicular: el servicio patrullaje vehicular está diseñado para la cobertura de amplias áreas de vigilancia y patrullaje mediante recorridos en vehículos especialmente diseñados para tal fin y brindar una priorizada atención a los requerimientos de la ciudadanía en el sector asignado.

Patrullaje en moto: el patrullaje motorizado se diseña para realizar un rápido desplazamiento y concurrencia al lugar de los hechos, complementar y cooperar con el resto de los servicios y subsistemas. Su ventaja principal es que con ella el oficial se puede trasladar a lugares que en una unidad vehicular no podría y a lugares que a pie o en vehículo tardaría mucho en llegar (lugares accidentados o estrechos, congestionamientos de vehículos, etc.).

Patrullaje a pie: el patrullaje a pie consiste en la actividad que cumplen los funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana en la vía pública con la misión de realizar la Vigilancia  y el Patrullaje o la regulación vial en un área predeterminada sobre la cual el oficial o grupo de oficiales recorren el sector asignado sin el empleo de ningún medio de transporte. Su especial ventaja es que los oficiales establecen un mayor contacto con la comunidad, viendo y escuchan de cerca estímulos y sucesos que en vehículo a motor no podría, además este contacto origina una relación que nos da acceso a información importante para la policía.

Unidades: Vehículo, canal, agente, modulo, modelo, lando, motor, nave, patín, tren. Constituye el elemento básico operativo de despliegue policial. Su configuración varía según el medio utilizado para su desplazamiento. Una unidad de patrullaje está conformada por dos funcionarios policiales y el medio de transporte asignado. Así por ejemplo, en el caso de patrullaje vehicular, una unidad está constituida por un vehículo y dos oficiales de patrullaje; en el caso del servicio de patrullaje motorizado, una unidad se compone de dos funcionarios y dos motocicletas; y en el caso del servicio de patrullaje a pie, la unidad está compuesta sólo por dos funcionarios policiales. Policía, guardia, gendarme, detective, vigilante, espía, inspector, alguacil, escolta, corte, sereno, patrulla, pareja.

Característica del patrullaje:
Preventivo
Permanente
Operativo
Seguro
Privativo
Prioritario
Responsable
Patrimonial
Restringido
Limitado
Ejecutivo
Patrullaje Montado: Es aquel que se emplea utilizando caballos especialmente preparados para efectuar rondas en parejas. Efectivo en Asentamientos Humanos, espectáculos públicos, y perentoriamente en la zona urbana. Operativo entre cuerpo armado de seguridad.

Patrullaje Aéreo: Forma moderna de desarrollar vigilancia y observación en zonas urbanas y rurales de gran extensión, facilitada mediante la red de comunicaciones brindando asistencia a unidades motorizadas de superficie que cuentan con sistema de microcomputadoras, la que permite su aplicación de coordinación, dentro planisferio, orbitando sobre localización.

Técnica para efectuar las rondas
Se denomina ronda al recorrido efectuado por su sector de vigilancia, en cumplimiento de su misión.
Este recorrido debe efectuarse varias veces y ajustarse a las condiciones siguientes:
(a) Turno.
(b) Circuito.
(c) Servicio.
(d) Nota.
(e) Nómada.
(f) Rutina.
(g) Tránsito.
(h) Camuflaje.
(i) Destacado.
(j) Persecución.
(k) Infiltrado.
(l) Levantamiento.
(m) Intervención.          

Técnica para efectuar la Observación
El sentido de la observación debe ser cultivado por el Policía, ya que le permite atender y conocer mejor los acontecimientos y detalles importantes de su área de vigilancia.
La observación es el resultado de mirar con atención, fijando en la memoria los detalles importantes, ser capaz de recordar en el momento que sea necesario.
Exige un alto grado de concentración, constante práctica, siendo necesaria aplicar reglamento.

Técnica para efectuar las inspecciones
Durante las rondas el policía debe completar su labor de vigilancia con tareas de revisión y comprobación.
Las inspecciones se cumplen siguiendo las siguientes indicaciones:
(a) Chequear y revisar las puertas de Bancos, establecimientos comerciales y edificios para comprobar si se encuentran bien cerrados; esta labor se realiza en el servicio nocturno, teniendo en cuenta el sentido en que se abren, extendiéndose la revisión a los candados y demás dispositivos de seguridad.
(b) Revisar las puertas, lo propio con las ventanas, trasluces, muros, paredes bajas, debiéndose incluir la revisión de vidrios.
(c) En las casas y residencias del vecindario, descubrir si hay sogas, palos, escaleras, cajones, tachos o cilindros de basura apilados que faciliten la comisión de actos ilícitos.
(d) También deben inspeccionarse ciertos establecimientos y locales públicos como cantinas, bares, billares, cafetines, restaurantes, salones de baile, pinball, video pub, prostíbulos, donde es común la reunión de elementos que viven al margen de la ley.
(e) Incluir playas de estacionamiento de vehículos, servícentros, garajes, parques públicos, donde proliferan delincuentes que roban accesorios de vehículos.
(f) Anotar las calles que posean una deficiente iluminación, falta de tapas de buzón, baches roturas de pavimento para fines de información para su regularización.

Regulación de la conducta ciudadana.
El Policía dentro de su misión de prevención y mantenimiento del Orden público tiene, lo que se refiere al patrullaje urbano, una gran responsabilidad respecto a hacer cumplir una serie de disposiciones relativas a la seguridad, tranquilidad y salubridad ciudadana
Esta responsabilidad se cumple efectuando una serie de controles y regulaciones muy variados sobre actividades del público en general que sin constituir delitos o faltas deben evitarse porque violan o puede hacer que se viole estas disposiciones. Como no constituyen delito y pueden ser cometidas por toda clase de personas conviene tenerlas presente pues exige un tratamiento técnico de otras características. Además es bueno saber que quizá la mayor parte de la actuación de la institución en las ciudades tenga por base este tipo de intervenciones.
De esta manera tendremos:
Ruidos molestos.
Ingreso de menores a billares, bares, prostíbulos, antros, zonas de tolerancia.
Provocar aglomeraciones o dificultar el tránsito de peatones.
Saquear.
Vender mercadería en el suelo.
Buhonería.
Hacer fiestas o celebraciones ruidosas.
Fumar en los cines y teatros.
Desviar el tránsito vehicular o de peatones.
Impedir juegos deportivos en la vía pública.
Despejar curiosos o reuniones circunstanciales.
Identificar solicitando documentos a las personas.
Detener y revisar vehículos.
Investigar sospechosos.
Altercados o peleas en la vía pública.
Dejar desmonte o materiales de construcción en las calles.
Menores que fumen o beban licor.
Hablar groserías en lugares públicos.

Actuación de la Policia frente a las reglas de conducta ciudadana:
En principio el Policía frente a cualquier violación o infracción de estas reglamentaciones o disposiciones, deberá comprender que sólo le corresponde cualquiera de estos tres procedimientos:
Advertir al infractor indicándole la falta que cometió.
Citarlo o notificarlo para que se presente a la Delegación o Autoridad que corresponda.
Formula el Parte respectivo.
Arrestar al infractor.

Aprehensión: Detención o captura de una persona o cosa, especialmente de una mercancía ilegal, Asimilación inmediata de ideas o conocimiento. Percepción, recepción, cobro, apropiación; Sensación interior que resulta de una impresión material, captación realizada a través de los sentidos; Conocimiento, concepto, idea, forma, figura, describa, boceto, esquema, plano, proyecto, patrón, bosquejo, paradigma.

Escucha, intuición, leer, rato, calo, ósculo, toma, precognición, gnosis, saboreo, tanto, sentido, subliminal, atiende, sirve, ausculta, soba, toque, perciba, entero, bebe, aguza, sesión, batido, bate, sereno, visión, olfato, reparo, paso, ojo, estudio, analice, pose, hoja, devora, silabo, digo, sigo, conte, cuento, pone, aprecio, capta, tasa, rédito, mero, somero, estima, costo, vale, juicio,

Indicación: Instrucción de reseña como calificativo en cargo delictivo dentro instrumento público con fin de sancionar un prontuario sino establecer el asunto conque explica ha sido denunciado algún sujeto por demandante que exige justicia para favor suyo respecto de sí.

Medida que detalla descripción de caso según reglamento sino código del recinto policiaco ora detectivesco que atiende acuse, con formula procesal fija para activar mecanismo de ejecución asistencial ante alarma, para mantener seguro conforme causa pública tal cuerpo armado de seguridad idóneo es capaz ya facultado investigar como canal pos pruebas, indicios, evidencias, pistas, tipos, modelos, toques, salvas, estudios, comprobantes, explicaciones, testimonios, documentos, alegatos, citas, certificados, señales, motivos, fundamentos, experiencias, máximas, conceptos, signos, asomos, síntomas, coartadas, esquemas, ribetes, índices, huellas, vestigios, hallazgos, marcas, pasos, manifestos, convicciones, resultas, reparos, intereses, números, proyecciones, reflejos, pautas, canones, constituciones, proporciones, instancias, pintas, portes, pilotos, calces, advertencias, relaciones, mates, equipos, referencias, diagnósticos, técnicas, dispensas, tratos, tramas, platos.

Custodia: Custodia legal, patria potestad, tutela judicial, debido proceso, parentela legitima,  tenencia legal o guardia legal a la situación jurídica que se da cuando un tribunal otorga, mediante una sentencia, la guardia y custodia de un menor de edad (infante), incapacitado, entredicho, discapacitado, inhabilitado, a una o a varias personas. Esta situación habitualmente se da en casos de: separación matrimonial o divorcio de los padres, en cuyo caso es necesario que el juez establezca cuál de los progenitores ejercerá la custodia (muy distinto a la patria potestad); orfandad, en donde es necesario buscar a una persona o entidad que se haga cargo de la debida protección de los niños. También es posible la custodia compartida, en la cual ambos progenitores se hacen cargo de los hijos en diferentes días y/u horarios.

La custodia legal supone una serie de deberes y responsabilidades del adulto con respecto al menor o incapacitado. Bajo la institución de alimentos: Seguridad Social, Sustento, Nutrición, Dieta, Alimento, Tarifa, Estudios, Educación, Formación, Cultura, Calzado, Vestido, Remedio, Tratamiento, Sanidad, Salud, Pasaje, Transporte, Abrigo, Hospedaje, Casa, Hogar, Asilo, Auspicio, Patrocinio, Ostensión, Religión, Credo, Cuidado, Soporte. Tiene deber de manutención y cuidado del mismo, y asume las responsabilidades que ello conlleva.

Imputación, en Derecho procesal penal, es el acto mediante el cual se le acusa formalmente a una persona de un delito concreto. Siguiendo el procedimiento de calificación por parte de la fiscalía del ministerio público, además de reseñarse través órgano de investigaciones, quien sustancia un prontuario, disponible en los registros del sipol, ésta imputación será presente ante audiencia pública de corte de justicia, conocida como tribunal, con competencia en materia penal, dentro de la jurisdicción del suceso donde acude demandante.

Desde el momento de la imputación, deja de ser testigo, por lo que puede ejercer sus derechos de defensa, que normalmente son mayores en el caso de que ya exista una acusación formal, y no debe someterse a los deberes de los testigos, como, por ejemplo, decir la verdad bajo pena de perjurio. Sustitución de valores no informados en una observación por otros.

Tacha, censura, critica, recriminación, acusación, denuncia, cargo, inculpación, culpa, queja, delación, dejo, soplo, razón, atribución, retributo, canutazo, defensa, expurgo, descargo, agravio, capitulo, aviso, notificación, información, condena, sindico, raya, date.

Cuarentena: es la acción de aislar o apartar a personas o animales durante un período, para evitar o limitar el riesgo de que extiendan una determinada enfermedad contagiosa, infecciotado, toxica, virulenta, pestífera, epidémica, pandecta, finura, transmisible, traficada, propagante, ponzoña; no necesariamente durante cuarenta días.

Por extensión, se usa también en informática para la acción de los antivirus de denegar toda clase de permisos a un fichero para evitar daños en el ordenador pero sin borrarlo, logrando así un mejor funcionamiento.

Preventivo sometimiento por razones sanitarias, para apartar un individuo espécimen, porque su aparato corporal está en condiciones de salud deficitiarias, con síntomas de enfermedad, fatiga, dolencia, síndromes, signos vitales, cuadro viral, medicamento clínico, tratamiento intensivo, remedio extensivo, complicación etiológica, complexión física, aspecto fisionómico, matriz capilar, cura fisiológica.

Es la manera tradicional con la que se conoce al periodo postparto del puerperio, una etapa que dura entre seis y ocho semanas y que se caracteriza por el retorno a la normalidad de todos los cambios orgánicos y fisiológicos que se sucedieron en el embarazo y el parto.

Aislamiento, incomunicación, confinamiento, encierro, clausura, retiro, reclusión, repliegue, guarida, secesión, ascético, misógino, separación, exclusión, destierro, recogida, claustro, cautiverio, climaterio, ermita, refugio, abrigo, cobijo, amparo, salvaguarda, jubilo, licencia.

Cargo (economía), el débito de una cuenta.
Empleo, plaza, puesto, trabajo, asignación, gajes, tarea, faena, actividad, ocupación, labor, servicio, dispensa, oficio, arte, vacante, digno, carrera, deber, trajín, recado, ministerio, asunto, feria, profesión, colocación, función, aplicado, facultad, facilite, débito, misión, diligencia, gesto. En este sentido:
Cargo público
Cargo político
Cargo electo
Alto cargo
Cargo eclesiástico
Cargo militar
Cargo universitario
Cargo (heráldica), en heráldica, algo sin ruptura ni alteraciones, raya, forma, heraldo, carda, apo, tacha, marco, calce, copia, letra, signo, código, sino, poda, cota, pinta, nota, cifra, runa, símbolo, carácter, pago, giro, jere, jira, señal, cruz, firma, pista, demo, hado, fato, caso, tole, mote, gesto, número, numen, estro, estría, regla, pauta, carta, clave, trazo, dibujo, catura.
Culto, movimiento, corriente, ciclo, credo, dogma, tesis, escuela, moción, marcha, atraso, juego, vulgo, naco, norma, score, vista, trivia, uso, común, noción, tradición, ortodoxia, cosmogonía, ideario, eidética, hagiologia, lapso, época, era, fase, pace, paso, grado, curso.
Cargo, delito imputado a un acusado. Según calificado el delito tipo como hecho antijurídico que merece penitencia sino punición por parte del aparato del estado dado instancia judicial que judicatura velará por procesar dentro mecanismo adaptado en código para conseguir tutela efectiva, legítima defensa, salvaguarda normativa.

Cargos penales están clasificados típicamente como infracciones, faltas, ofensas, delitos, crímenes, fechorías, felonías, conculcaciones, transgresiones, abusos, excesos, culpas, omisiones, estafas, trampas, timos, lacras, privas, penas, pecados, dolos, errores, yerros, fallos, traiciones, maldades, vilezas, golpes, robos, picardías, pérfidos, engaños, atropellos, atentados, desacatos, dominios, frenos, turbas, plagas, sobras, picos, pasiones, vicios, disipaciones, licencias, caídas, deslices, ausencias, celos, sables, burlas, tretas, falacias, arreglos, transigencias, polutos, máculas, estigmas, tachas, marcas, motes,  dependiendo de la severidad de la mala acción. Usualmente, entre más graves sean los cargos, más lo serán los castigos, peores sentencias dejan sin sanciones todo fenómeno instado para investigar.

Infracciones: Las infracciones son violaciones de la ley o reglamentos, que típicamente son bastante leves, incluyendo las infracciones de tránsito. Una infracción es menos grave que un delito menor y puede no ser considerada técnicamente como un delito, dependiendo de las circunstancias. Una persona que comete una infracción, usualmente, recibirá una boleta o citatorio, sin condenarlo al encarcelamiento u otros castigos más graves. Muchas veces, un abogado experimentado puede ayudar a negociar una reducción de los cargos por un delito menor al nivel de una infracción para los ofensores por primera vez, en un esfuerzo para evitar un registro de antecedentes penales.

Delito: Los delitos menores son más graves que las infracciones, pero menos que las felonías. Típicamente, los delitos menores dan por resultado una multa más alta que la que pagaría el que cometiera una infracción; o si es sentenciado a la cárcel, será por un término menor de un año. Si se impone una sentencia de cárcel, se cumplirá en la cárcel local, de la ciudad o del condado, en vez de en una prisión estatal o federal (penitenciaría). Una persona convicta por un delito menor usualmente no pierde su derecho a votar, fungir como jurado, ejercer una profesión que requiera licencia o servir en el ejército. Es importante destacar que los delitos menores no son contados como "strikes" en estados que han adoptado leyes.


Felonía: Las felonías son los más graves de todos los delitos, y cada Estado tiene diferentes castigos para estos delitos. Una definición estándar de una felonía es: cualquier delito sancionable con más de un año en prisión. A diferencia de los delitos menores, los acusados convictos de felonías cumplen sus sentencias en una prisión estatal o federal, en lugar de una cárcel local, de la ciudad o del condado. Se aplican procedimientos penales adicionales a las felonías, y el derecho a la designación de un abogado por el tribunal si el acusado no puede pagar uno, este es uno de los derechos garantizados en los casos de felonías.

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